José Ramón Bauzá Díaz, Presidente de la C. A de Baleares y Presidente de los genoveses en esas islas no solo se desenvuelve como pez en el agua reiterando las obviedades más obvias sino sobre todo destaca como por lo bajini encabeza el ranking de los Presidentes que más se entusiasma recortando los servicios publicos.
Pero en ocasiones le pierde su afán de ejercer de charlatán de feria. La mayoría de las veces se especializa en no decir nada pero en otras su afán por agradar a Mariano le pierden y esto es lo que le sucedió el pasado domingo que tras depositar su papeleta le entró una necesidad imperiosa de pedir el voto para su Mariano, al que tanto quiere y tanto le debe. Dicho y hecho:
" Por eso, para cambiar las cosas y para ese gran cambio que necesita España necesitamos una grandísima participación y aparte, una gran diferencia y un gran aporte de votos para el PP y para Rajoy.......hoy más que nunca ese cambio es importante y absolutamente necesario.....para que tengamos un gran presidente, como es Rajoy ".
" Por eso, para cambiar las cosas y para ese gran cambio que necesita España necesitamos una grandísima participación y aparte, una gran diferencia y un gran aporte de votos para el PP y para Rajoy.......hoy más que nunca ese cambio es importante y absolutamente necesario.....para que tengamos un gran presidente, como es Rajoy ".
Tras su lectura no hay que ser miembro de la Junta Electoral de Baleares para deducir que tanto entusiasmo genovés está tipificado como delito electoral según lo previsto en el Artículo 144.1 de la LOREG.
Según este artículo, se serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o la de multa de seis a veinticuatro meses quienes lleven a cabo alguno de los actos siguientes:
a) Realizar actos de propaganda una vez finalizado el plazo de la campaña electoral.
Para los más curiosos consultad nuestra normativa electoral y saldréis de dudas del lío penal que se ha metido el susodicho charlatán. Gordillo ya tiene tajo.
http://www.juntaelectoralcentral.es/jelect/normativa/LOREG_08-09-2011.pdf
Según este artículo, se serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o la de multa de seis a veinticuatro meses quienes lleven a cabo alguno de los actos siguientes:
a) Realizar actos de propaganda una vez finalizado el plazo de la campaña electoral.
Para los más curiosos consultad nuestra normativa electoral y saldréis de dudas del lío penal que se ha metido el susodicho charlatán. Gordillo ya tiene tajo.
http://www.juntaelectoralcentral.es/jelect/normativa/LOREG_08-09-2011.pdf
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